CERTIFICADOS DE PERSONAS QUE TRASLADAN A FUNCIONARIO Y CUIDADO DE HIJOS DE FUNCIONARIOS
1. CERTIFICADO PARA EL CUIDADO DE NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES HIJOS DE FUNCIONARIOS:
CERTIFICADO PERSONAS CUIDAN HIJOS DE FUNCIONARIOS. (hacer clic para descargar).
El Certificado sirve para que la persona que tiene alcuidado de niños, niñas o adolescentes hijos/as de el/la funcionario(a) pueda trasladarse desde su vivienda a la vivienda del funcionario y viceversa. Si el personal se acoge a un horario distinto según lo determina la jefatura debe quedar establecido por toda la duración de este certificado se debe indicar el horario real que el funcionario tiene establecido para esa semana según requerimiento de la unidad, ya que este documento no está sujeto a modificaciones durante su vigencia.
2. CERTIFICADO PARA PERSONAS QUE SE TRASLADAN EN VEHÍCULO PARTICULAR
CERTIFICADO PARA FUNCIONARIOS QUE SE TRASLADAN EN VEHICULO PARTICULAR (hacer clic para descargar).
3. CERTIFICADO PARA LAS PERSONAS QUE TRASLADAN A FUNCIONARIOS:
ACTUALIZACION DE CERTIFICADO PARA LAS PERSONAS QUE TRASLADAN FUNCIONARIOS( RESOLUCION N°45) (hacer clic para descargar).
La tercera persona debe tener en su poder:
1.- Certificado original emitido por la oficina de personal.
2.- Cédula de Identidad.
3.- Copia de Credencial del funcionario.
4.- Copia Resol. Ex. N°45 RES. AUTORIZA TERCERO PARA TRASLADO DE FUNCIONARIOS SALUD (hacer clic para descargar).
1.- Certificado original emitido por la oficina de personal.
2.- Cédula de Identidad.
3.- Copia de Credencial del funcionario.
4.- Copia Resol. Ex. N°45 RES. AUTORIZA TERCERO PARA TRASLADO DE FUNCIONARIOS SALUD (hacer clic para descargar).
El Certificado sirve para que la persona que lo traslada esté con la autorización correspondiente, para eso deberá completar el certificado según los datos solicitados. Si el personal se acoge a un horario distinto según lo determina la jefatura debe quedar establecido por toda la duración de este certificado se debe indicar el horario real que el funcionario tiene establecido para esa semana según requerimiento de la unidad, ya que este documento no está sujeto a modificaciones durante su vigencia.
LOS CERTIFICADOS TENDRÁN UNA VALIDEZ DE 7 DÍAS, DESDE LA FECHA DE EMISIÓN.
Los certificados deben ser debidamente validados por la Jefatura de la Unidad de Administración de las Personas del Hospital de Linares.
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