Procedimiento de Acumulación de Feriados Legales
Conforme a lo señalado en el art N°104 inciso tercero de la Ley 18.834 Sobre Estatuto Administrativo, y Ord.2915/2022 del director del servicio, el cual autoriza a las personas que no pudieran hacer uso del feriado en la anualidad correspondiente, podrán solicitar su acumulación hasta 2 periodos como máximo para el año siguiente, la fracción que queda pendiente, de todo o parte del feriado del 2021 acumulado para el año 2022, adicionalmente a la acumulación de feriado del 2022, aún cuando con dicha acumulación supere el limite de 30,40, o 50 días de feriado para aquella anualidad; pero para casos debidamente justificados por razón de servicio o personales de fuerza mayor.
Adicionalmente se informa la autorización para la acumulación del feriado a quienes no podrán gozar de todo o parte de él en la respectiva anualidad, a causa del goce de licencias médicas o por maternidad.
Por tanto, solicitamos difusión de dicha información en sus equipos, a fin de que quienes se vean impedidos de efectuarla por la normativa anterior, lo hagan antes de la fecha establecida, con las firmas y tramitación correspondiente.
Lo anterior considerando que el afán de éste servicio de salud es que los funcionarios y funcionarias hagan uso de su feriado legal en los periodos correspondientes.
SOLICITUD-DE-POSTERGACIÓN-DE-FERIADO-LEGAL (5)
NUEVO FORMATO DE PERMISO ADMINISTRTAIVO Y FERIADO LEGAL (2)
Para la tramitación de postergación de feriado legal, se debe, primeramente la/el funcionaria/o deberá completar y firmar el Formulario de Feriado y Permisos, y luego presentar a su jefatura, quien debe postergar, colocando en un extremo inferior el lema:” se postergan por razones de buen servicio”. En segundo término, la jefatura debe completar y firmar la Solicitud de Traspaso, conjuntamente con el/la funcionario/a, adjuntando el formulario de Feriado y permiso postergado. Ambos documentos deben ser remitidos a la Dirección del Hospital o en su defecto al Departamento de Gestión de las Personas, para el V° B° del Director del establecimiento.
Se informa que los plazos para la recepción de los traspasos serán a más tardar el 30 de Noviembre del 2022.